El término “sociedad civil” es una noción confusa y por tanto de discutible aplicación que ha surgido de la práctica, pero que aún no encuentra su verdadera esencia en la teoría sociológica y política. Por ello es utilizada de diferentes maneras y según interesa a los que la asumen como aglutinante de su representatividad, de sus intenciones y especialmente de sus movilizaciones políticas. Por tanto, resulta peligrosa si no se define con más precisión, para que alcance su verdadero sentido desde la moral y la ciencia empírica que la avale; e incluso creo que de la normativa legal del país. Y no solo de la guatemalteca, pues su uso es casi universal; pero siempre con esa polivalencia que le permite adecuarse a intereses variados, muchas veces inconfesados.
En la historia de las ideas se hace referencia a sociedad civil como una fórmula a la que desde Aristóteles (en la ‘Ética a Nicómaco’) se le ha adjudicado diferentes significaciones, casi siempre como “opuesta” a otra; siendo la más usual en contraposición a la noción de Estado; pero incluso también a la noción de sociedad civil que otros filósofos han propuesto, como en “la ciudad de Dios” de San Agustín, o en la de “estado de naturaleza”-la tribu-según otros pensadores. De tal cuenta ha habido diferentes interpretaciones que van desde las mencionadas de Aristóteles y San Agustín, hasta Espinoza, Locke, Rousseau, Hegel y Marx.
En las últimas décadas esta noción de sociedad civil se ha usado con mucha frecuencia y por razones muy variadas, en algunas poniendo en tela de juicio la legitimidad del Estado (acá entran los anti-sistema); en otras como expresión del “mercado”; otros como espacio de las agrupaciones de ciudadanos, sean o no entidades con reconocimiento jurídico y legitimidad social. Volvemos, pues, a enfrentarnos a una indefinición que pone en juego el sentido real de la asignatura, y en riesgo los efectos que puede causar su uso y, más delicado aún, cuando se utiliza para movilizaciones.
Según se ha evidenciado en la experiencia guatemalteca la comprensión de la noción sociedad civil se propone como oposición al Estado, recordando que en nuestro país Estado se entiende como “el gobierno”. De esa cuenta, todo lo no-Estado (más bien no-gobierno) es sociedad civil. Pero extraña el término cuando se excluye de sociedad civil a algunas instituciones, como por ejemplo la sociedad militar, o la sociedad económica, o la religiosa, o incluso la “política”; cuando éstas no forman parte del Gobierno de turno.
De manera que podría aducirse que de esa primera “negación” planteada, la de no-Estado, se tendría una sociedad civil que representa el interés general, no el de grupos aislados con intereses particulares, como sucede normalmente; pero no es así. Pongo el caso de Quetzaltenango, ciudad en la que varios grupos de diferentes composturas y composiciones se auto-adjudican el derecho al uso de la etiqueta “sociedad civil”. Recientemente se presentó, como cada cuatro años, la oportunidad para que desde el Consejo de Desarrollo Departamental se nominara candidatos (tres) para que el Presidente escoja quien asumirá el puesto de Gobernador del Departamento, tal como ordena la Constitución política de Guatemala y más tarde lo confirmó la Corte de Constitucionalidad.
Desde hace ya buen tiempo, el derecho de nominación desde los Consejos de Desarrollo se lo han adjudicado por propio motu un pequeño grupo de personas, entre ellos algunos sindicalistas y movilizadores sociales con intenciones claramente políticas, pero sin la representación y respaldo de un partido político, asumiéndose como “sociedad civil”; con quienes los candidatos al puesto de Gobernador tratan de congraciarse. Hasta se hace en la ciudad la broma de que ellos (unas pocas personas, casi siempre las mismas), son la sociedad civil.
En mi experiencia igualmente me he visto ante similar situación; en una de las organizaciones que participo, en la que se previó en sus estatutos la representación de sociedad civil, hoy son varios los que se presentan con tal derecho, ¿cómo dilucidar quién tiene la verdadera representación si no existe una definición normativa al respecto?
Se da también el caso de quienes a nombre de esa difuminada “sociedad civil”, por fanatismo ideológico critican y atacan la existencia del derecho a la propiedad privada, las tradiciones, la autoridad, el sistema capitalista prevaleciente y todo aquello que no coincide con sus intereses, colocándose algunas veces en extremos. Cabe cuestionarse: ¿a quiénes representan estos grupos?
Se da también el caso de quienes a nombre de esa difuminada “sociedad civil”, por fanatismo ideológico critican y atacan la existencia del derecho a la propiedad privada, las tradiciones, la autoridad, el sistema capitalista prevaleciente y todo aquello que no coincide con sus intereses, colocándose algunas veces en extremos. Cabe cuestionarse: ¿a quiénes representan estos grupos?