La Propiedad Privada en Guatemala (2ª.)

Mayo 2014

Los derechos de propiedad en Guatemala han pasado por varias experiencias. En el siglo XIX y bajo el régimen liberal del Doctor Mariano Gálvez, (1831-1838) con el propósito de incorporar tierras a la producción del añil se expropiaron tierras de la Iglesia Católica y de las comunidades indígenas, asunto que se revirtió a partir de 1838 con los gobiernos conservadores que, primero tras bambalinas y luego como “presidente vitalicio” dirigió Rafael Carrera hasta su muerte en 1865. Durante éste periodo, llamado “conservador”, se volvió a prácticas de la colonia, en la que los ciudadanos podían trabajar tierras baldías a través del “censo enfitéutico”, mecanismo que permitía conservar el dominio de la propiedad, cediéndola para su explotación mediante el pago de una renta. En 1871, cuando retoman el gobierno los liberales, había en Guatemala siete tipos de propiedad, según relata el historiador Arturo Taracena: las adquiridas con título legítimo, las tituladas “ad corpus”, terrenos poseídos por personas que “carecían de títulos”, tierras de “ejidos”, tierras “comunales” de los pueblos de indios, tierras de “comunidades religiosas” de cofradías indígenas y de fundaciones de las “festividades religiosas”. A mediados del siglo XIX, se estima que el 70% de las tierras cultivables de ciertas regiones estaba en manos de comunidades indígenas. Con la llegada al poder de Justo Rufino Barrios se establece como estrategia económica la producción y exportación del café (había caído la demanda de los antiguos productos añil y cochinilla guatemaltecos), bajo cuya motivación y excusa expropió tierras de comunidades indígenas y de la Iglesia católica. La “privatización” de tierras y su reparto concluyó en el año 1921.

Un cambio radical se dio durante el gobierno de Jacobo Arbenz con la Reforma agraria (Decreto 900) iniciada en 1952, la que, basándose en la prohibición de latifundios ordenada en la Constitución de 1945, procedió a distribuir cerca del 20% del total de la tierra cultivable de la nación, compensando a los finqueros expropiados con bonos estatales pagaderos durante veinticinco años con valores en los que habían sido declaradas las propiedades para propósitos de impuestos. Uno de los más importantes expropiados fue la United Fruit Company, a la que se responsabiliza de motivar la denominada Revolución dirigida por Carlos Castillo Armas, bajo cuyo gobierno se estableció el programa de la “liberación”, que a partir de 1954 revirtió el proceso anterior, devolviendo las fincas a sus propietarios, acompañando la estrategia con un programa de entrega de tierras, especialmente de fincas nacionales, programa que distribuyó 550 mil hectáreas, titulándose a partir de 1954 y hasta 1962, 364,852 hectáreas en varias modalidades: parcelamientos de grandes fincas (20 hectáreas), micro-parcelamientos (10 Hectáreas), tierra a comunidades agrarias (patrimonio agraria colectivo; empresas campesinas asociativas; fincas cooperativas).

Un caso especial de “democratización de la propiedad” lo constituyó los programas de colonización y otorgamiento de tierras desarrollados por el FYDEP (empresa de fomento y desarrollo del Peten), el que distribuyó un total de 1,980,000 hectáreas a 39,000 beneficiarios de nueve parcelamientos, tanto a campesinos en pequeñas parcelas, como a universitarios, militares y otros terratenientes a quienes les otorgaron parcelas de entre 5 y 15 caballerías cada una. A la fecha, las tierras entregadas por el INTA (instituto de transformación agraria) y el FYDEP asciende a 3 millones trecientos 24 mil Hectáreas, ¡equivalentes al 30%! del territorio nacional (33, 240 Kilómetros cuadrados), otorgadas a 147 mil 700 adjudicatarios.

Estas dos instituciones, el INTA y el FYDEP han desaparecido, y en su lugar se constituyó, a partir de los acuerdos de paz, el Fondo de Tierras (Decreto Ley 24-99 del Congreso de la Republica), entidad que ha regularizado la tenencia de propiedades entregadas por las anteriores entidades responsables.

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